ARTÌCULO 88. DE LOS DERECHOS SOCIALES Y DE LAS FAMILIAS
CAPÌTULO V
De los Derechos Sociales y de las Familias
Artículo 88.
El Estado garantizará la igualdad y equidad de hombres y mujeres en el ejercicio del derecho al trabajo. El Estado reconocerá el trabajo del hogar como actividad económica que crea valor agregado y produce riqueza y bienestar social. Las amas de casa tienen derecho a la seguridad social de conformidad con la ley.
Nota: 50 mil nuevas amas de cas [...]
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